La Registraduría tuvo que disculparse con una mujer trans por negarle una candidatura

La Registraduría tuvo que disculparse con una mujer trans por negarle una candidatura

Tras la orden de la Corte Constitucional, la Registraduría pidió disculpas a una mujer trans en Piendamó por vulnerar sus derechos políticos

Texto escrito por: Juan Esteban Burbano Garzón

Por años, en Colombia se ha repetido una curiosa tradición administrativa: el ciudadano lleva los documentos en regla, cumple los requisitos y, aun así, termina siendo él quien debe demostrar que existe. Esta vez, sin embargo, la Corte Constitucional decidió recordarle al Estado que la dignidad humana no puede depender de una casilla mal actualizada en un sistema informático.

El 2 de septiembre de 2026, a las 2:00 de la tarde, en el municipio de Piendamó (Cauca), la Registraduría Nacional del Estado Civil realizó un acto público de disculpas dirigido a Engel Cattleya Valencia Paja, una mujer trans de 25 años que logró una de las decisiones más relevantes en materia de derechos de identidad de género y participación política de los últimos años.

La medida fue ordenada por la Sentencia T-141 de 2026 de la Corte Constitucional, una decisión que no solo reconoció la vulneración de derechos fundamentales, sino que además impuso obligaciones concretas para evitar que situaciones similares vuelvan a repetirse.

Una candidatura frenada por el sistema

Cattleya, reconocida por su trabajo social y su participación en procesos de defensa de los derechos de las personas LGBTIQ+ en Piendamó, inició en 2025 el trámite para adecuar su documentación oficial a su identidad de género, incluyendo el cambio del componente sexo en el registro civil, procedimiento permitido en Colombia desde la expedición del Decreto 1227 de 2015.

Posteriormente obtuvo el aval del partido político Dignidad & Compromiso para aspirar a los Consejos Municipales de Juventud. Sin embargo, al momento de formalizar la inscripción, la plataforma digital de la Registraduría bloqueó el proceso porque en sus bases de datos seguía apareciendo registrada como hombre.

En otras palabras, mientras el Estado le había reconocido legalmente una identidad, otra dependencia estatal seguía actuando como si ese reconocimiento no existiera. La tecnología, que suele venderse como símbolo de eficiencia, terminó funcionando como una barrera para el ejercicio de derechos políticos.

De la derrota judicial a la victoria constitucional

Con el apoyo de Emanuel Espinel, economista y estudiante de Derecho de la Universidad del Cauca, Cattleya presentó una acción de tutela argumentando la vulneración de sus derechos a la dignidad humana, la igualdad, la identidad de género y la participación política.

La respuesta inicial no fue favorable. Tanto en primera como en segunda instancia los jueces negaron el amparo solicitado.

Cuando parecía que el caso terminaría archivado, la Corte Constitucional decidió seleccionarlo para revisión.

La Sala Cuarta de Revisión de Tutelas, con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés González, revocó las decisiones anteriores y concluyó que la actuación de la Registraduría vulneró los derechos fundamentales de la accionante.

La Corte amparó específicamente sus derechos a la dignidad humana, la igualdad y la no discriminación, estableciendo que las fallas administrativas del Estado no pueden convertirse en obstáculos para el ejercicio de la ciudadanía.

Una orden inédita: pedir disculpas públicamente

La decisión judicial va más allá de corregir un error individual.

La Corte ordenó a la Registraduría: • Capacitar a sus funcionarios en atención y trato digno hacia personas LGBTIQ+. • Actualizar sus sistemas tecnológicos para evitar inconsistencias relacionadas con identidad de género. • Eliminar barreras administrativas que impidan el ejercicio de derechos políticos por parte de poblaciones diversas. • Realizar un acto público de disculpas a Engel Cattleya Valencia Paja dentro de los 90 días siguientes a la notificación de la sentencia.

Este último punto constituye uno de los aspectos más significativos del fallo. No se trata únicamente de reconocer una equivocación administrativa, sino de admitir públicamente que el daño existió y que tuvo consecuencias reales sobre la vida política y la dignidad de una ciudadana.

Más que una disculpa

La relevancia de este caso trasciende la historia personal de Engel Cattleya.

La sentencia establece un precedente sobre la responsabilidad de las instituciones públicas frente a las personas trans y envía un mensaje claro: los derechos reconocidos en el papel deben reflejarse también en los sistemas, procedimientos y prácticas del Estado.

Porque una democracia no se mide únicamente por la cantidad de elecciones que realiza, sino también por quiénes pueden participar en ellas sin obstáculos.

Y si algo deja esta decisión es una lección sencilla: cuando una plataforma informática termina teniendo más poder que la Constitución, el problema no está en la ciudadanía. El problema está en el sistema.

El acto de disculpas programado en Piendamó no cerrará por sí solo las brechas que enfrentan las personas trans en Colombia. Pero sí marca un momento histórico en el que una institución pública deberá reconocer, frente a la comunidad y ante el país, que la igualdad no puede quedarse atrapada entre formularios, bases de datos y trámites administrativos.

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