Decreto pondrá reglas a eventos masivos como conciertos, partidos y más

Decreto pondrá reglas a eventos masivos como conciertos, partidos y más

Lo que echó a perder la presentación de uno de los artistas más importantes del mundo no se podrá repetir en Bogotá.

El Distrito presentó un proyecto de decreto que establece los lineamientos, procedimientos y responsabilidades para el registro, evaluación y autorización de todas las actividades de aglomeración de público en Bogotá. La norma plantea un sistema unificado para organizar conciertos, ferias, partidos de fútbol, actividades culturales y otros eventos masivos, a través del Sistema Único de Gestión de Aglomeraciones (SUGA), que será la plataforma central de operación.

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Después de la cancelación de la presentación de Kendrick Lamar, y la posterior incertidumbre que desató para presentaciones subsiguientes, la administración distrital se propuso actualizar la estructura institucional, fijar tiempos obligatorios para los trámites y ordenar las responsabilidades de los organizadores y entidades públicas encargadas del seguimiento. Para ello incluye una clasificación detallada de los eventos, nuevos instrumentos de planificación y una reorganización de los comités que intervienen en el proceso.

Lineamientos del Sistema Único de Gestión de Aglomeraciones (SUGA)

El eje principal del decreto es la consolidación del SUGA, definido como el conjunto de trámites, herramientas y procedimientos mediante los cuales los ciudadanos registran la documentación requerida y las entidades del Distrito realizan la evaluación técnica correspondiente. La gestión del sistema se fundamenta en principios de coordinación, eficiencia y celeridad.

El instrumento central será la Ventanilla Única Virtual, administrada por el IDIGER, que recibirá todas las solicitudes, clasificará la complejidad de cada actividad y centralizará la comunicación entre organizadores y entidades evaluadoras.

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El proyecto también reorganiza la estructura de gobernanza mediante la creación del Comité Directivo Distrital SUGA, una instancia de alto nivel presidida por el Alcalde Mayor e integrada por los secretarios del Distrito y la Policía Metropolitana. Esta instancia definirá los “Eventos de Ciudad”, coordinará la planificación de actividades de gran impacto y evaluará la capacidad operativa para soportar eventos simultáneos.

El Comité SUGA permanece como órgano técnico encargado de proponer ajustes normativos, optimizar trámites y verificar el cumplimiento de los planes exigidos. Además, el decreto define las competencias específicas de cada entidad distrital dentro del proceso, desde la expedición de autorizaciones hasta la evaluación de riesgos, movilidad, condiciones sanitarias, ruido, seguridad y manejo ambiental.

Clasificación, requisitos y responsabilidades de los organizadores

El decreto incorpora una doble clasificación de las aglomeraciones: por complejidad y por naturaleza. La complejidad se determina en la Ventanilla Única según variables como aforo, impacto urbano y afectación a la movilidad. Los eventos se dividen en alta, media y baja complejidad, y cada categoría determina los planes y requisitos que deben presentar los organizadores.

Los eventos de alta y media complejidad deben contar con Plan de Emergencias y Contingencias, Plan de Seguridad y Plan de Manejo del Entorno, además de cumplir con la instalación de un Puesto de Mando Unificado en los casos definidos por el IDIGER. Los eventos de baja complejidad no requieren acto administrativo de autorización, pero sí deben registrarse en el sistema con anticipación y acatar las condiciones de seguridad que se indiquen.

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