Condenan a una pareja por tener en «semiesclavitud» a trabajadores extranjeros en España

Condenan a una pareja por tener en «semiesclavitud» a trabajadores extranjeros en España

La Audiencia de Málaga ha condenado a una pareja por tener empleados trabajadores extranjeros en situación irregular en España en condiciones «de semiesclavitud» e «infrahumanas, con jornadas agotadoras».

Los ahora condenados, que eran pareja, utilizaban sus empresas, con actividad real, y una asociación para ayuda a inmigrantes para llevar a cabo estos hechos, según la sentencia de la Sección Octava.

En los hechos probados se destaca que los acusados entre 2022 y 2023 facilitaban a los afectados otras identidades de otros trabajadores, también extranjeros, que se encontraban en situación legal en España, para que pudieran permanecer en el país y trabajar.

«Una documentación verdadera pero utilizada de forma mendaz, ante las autoridades policiales y laborales», se señala en la sentencia.

En el relato condenatorio se indica que los procesados implantaron condiciones de trabajo «draconianas, contrarias a toda la legislación laboral española» a distintas personas y se aprovecharon de que carecían en ese momento de documentación que les permitiera trabajar en España, al encontrarse en situación irregular y bajo la promesa de regularizar su situación, lo que nunca ocurrió.

El Tribunal señala que se aprovechaban de la situación de estas personas y los hacían trabajar para ellos sin contrato, sin asegurar y en condiciones de «semiesclavitud», estando «sin descanso ni vacaciones, 24 horas».

En la sentencia se subraya que los acusados sabían que estas personas necesitaban el empleo y menciona a una de ellas que trabajaba como vigilante de obra en distintas provincias de Málaga en condiciones de semiesclavitud. A cambio de 800 euros al mes debía permanecer, sin descanso ni vacaciones, 24 horas en la obra, en la que pernoctaba, comía y dormía, encima de unos cartones, sin poder abandonarla.

A estas personas también se les advertía de que si iba un inspector mientras trabajaban les tenían que decir que habían ido a ver un amigo para no ser descubiertos.

La Sala considera probado que los acusados además alquilaron un piso y tenían empadronadas hasta quince personas y alquilaba habitaciones a algunos de sus trabajadores, que vivían allí «hacinados».

Al hombre se le condena por los delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros; contra los derechos de los trabajadores, también con imposición de condiciones laborales abusivas, y falsificación en documentos mercantiles y oficiales, todos con carácter continuado y se le impone cuatro años y nueve meses de prisión.

A la mujer se le condena por un delito, también continuado, contra los derechos de los trabajadores a 21 meses de cárcel.

Esta sentencia es firme y no se puede recurrir después de un acuerdo de conformidad de los acusados con la Fiscalía de Málaga.

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