Por qué los jóvenes que alquilan una habitación no podrán pedir el Bono de Alquiler en algunas ciudades

Por qué los jóvenes que alquilan una habitación no podrán pedir el Bono de Alquiler en algunas ciudades

Una de las medidas que anunció el Gobierno de España para hacer frente a la crisis de la vivienda fue la ampliación del Bono de Alquiler Joven por segunda vez desde la primera partida, la cual se asignó en el año 2022 y ahora se ha ampliado hasta el año 2025. La ayuda contará esta vez vez con un reparto de 200 millones de euros a las comunidades autónomas para gestionar el pago de prestaciones económicas dirigidas a los jóvenes para hacer frente a la cuota del alquiler con objeto de “facilitar su emancipación o en todo caso el acceso a disfrutar de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o cesión de uso”, según señala el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

En concreto, la ayuda implica un pago mensual de 250 euros durante dos años, es decir, un total de 6.000 euros a los menores de 35 años que cumplan los requisitos. Entre estas condiciones, se exige que los inquilinos no paguen más de 600 euros por la vivienda o 300 euros en caso de arrendar una habitación y, aunque esta ayuda se puede ampliar hasta los 900 euros y los 450 euros, respectivamente, en algunas comunidades, muchos jóvenes se quedan fuera al tener que hacer frente a cuotas mensuales mucho más elevadas, según los precios medios de las viviendas.


De hecho, en el caso de los ciudadanos que comparten piso y, por tanto, alquilan una habitación, en casi en la mitad de las capitales de provincia no pueden solicitar esta ayuda tan solo por este requisito, ya que los alquileres superan esos 300 euros máximos y, en el caso de Madrid, Barcelona y Palma de Mallorca, donde se permite llegar hasta los 450 euros, el precio medio también se encuentra por encima, según los datos facilitados por el portal inmobiliario Idealista del último mes publicado, septiembre.

Las comunidades autónomas que han aplicado la ampliación del límite máximo que debe tener el alquiler para poder solicitar el bono en algunos de sus municipios o zonas han sido la Comunidad de Madrid, Cataluña, la Comunidad Valenciana, Andalucía y la ciudad autónoma de Ceuta. En Madrid, Barcelona y Palma de Mallorca el precio medio de alquiler de una habitación registró en septiembre los 550 euros, los 595 euros y los 500 euros.


El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez

El precio medio del alquiler de una habitación

Las capitales en las que el precio medio del alquiler de las habitaciones supera los 300 euros, incluidas las anteriores, son un total de 22: Alicante, Barcelona, Bilbao, Cádiz, Ceuta (con un precio medio de 350 euros, por lo que con la ampliación podría solicitarse el bono), San Sebastián, Girona, Guadalajara. Las Palmas de Gran Canaria, Madrid, Málaga (precio medio de 425 euros), Melilla, Palma de Mallorca, Pamplona, Santa Cruz de Tenerife, Santander, Sevilla (precio medio de 347 euros), Tarragona, Toledo, Valencia, Vitoria-Gasteiz y Zaragoza.

Mientras que en las 30 capitales de provincia restantes los precios registrados son de 300 euros por habitación o menos. En concreto, cumple el requisito del coste máximo de la cuota del alquiler según estos datos A Coruña, Albacete, Almería, Ávila, Badajoz, Burgos, Cáceres, Castellón de la Plana, Ciudad Real, Córdoba, Cuenca, Granada, Huelva, Huesca, Jaén, León, Lérida, Logroño, Lugo, Murcia, Ourense, Oviedo, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Segovia, Soria, Teruel, Valladolid y Zamora.

Otros requisitos que descartan a algunos jóvenes

Por lo tanto, el precio medio de la vivienda dificulta el acceso de los jóvenes de muchas ciudades a la posibilidad de solicitar la ayuda para poder hacer frente a la cuota del alquiler. A este requisito se le suman otras exigencias como el deber de acreditar las rentas de trabajo (o una fuente regular de ingresos que reporte unas rentas anuales) y unos ingresos anuales inferiores a tres veces el IPREM, es decir, por debajo de los 21.600 euros, aunque esta cantidad podría diferir según la comunidad autónoma.

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana entiende que “tienen una fuente regular de ingresos quienes estén trabajando por cuenta propia o ajena, el personal investigador en formación y las personas perceptoras de una prestación social pública de carácter periódico, contributiva o asistencial, siempre que puedan acreditar una vida laboral de, al menos, tres meses de antigüedad, en los seis meses inmediatamente anteriores al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de, al menos, seis meses contados desde el día de su solicitud”. Por tanto, quedan fuera de la posibilidad de solicitar el Bono de Alquiler Joven, los inquilinos que no cuenten con ingresos regulares y establezcan su vivienda habitual fuera del domicilio familiar, por ejemplo, para cursar estudios durante la etapa universitaria.

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