Los jubilados mutualistas han comenzado a recuperar una importante suma de dinero gracias a la medida publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 25 de julio de 2025. Se trata de una devolución automática de hasta 4.000 euros por año (entre 2019 y 2022) para quienes cotizaron a una mutualidad laboral obligatoria antes de 1979 y que ahora reciben una pensión pública.
El mecanismo de devolución responde a una corrección en la interpretación fiscal del IRPF, que los afectados llevaban pidiendo por años y recién fue acatada por sentencias del Tribunal Supremo que le han dado la razón a los pensionista. Y es que durante años, Hacienda no aplicó la reducción fiscal del 25 % a estas pensiones, lo que hizo que estas personas pagaran más impuestos de los que les correspondía.
La Confederación Estatal de Asociaciones y Federaciones de Prejubilados y Jubilados de Telefónica (Confedetel) confirmó que ya saben de los primeros primeros abonos automáticos por estos cobros indebidos y tiene constancia de que ya se están viendo reflejados en las cuentas bancarias de los jubilados mutualistas.
Plazos e intereses de demomora
La Agencia Tributaria fija un plazo hasta el 30 de diciembre de 2025 para realizar las devoluciones y estará ingresando el dinero en un pago único y automático a quienes presentaron el formulario a través de su Sede Electrónica. Aun así, fuentes de la AEAT han confirmado para el medio 65YMÁS que «puede que haya casos en los que no se pague en el mismo momento todo, sino que se haga por partes, porque a lo mejor hay un año que está muy claro y se puede hacer ya, y otro que no».
Algunos afectado ya han empezado a realizar sus respectivas renuncias, pues afirman que las devoluciones se están haciendo «sin orden y de manera errática». De todos modos, cabe recordad que desde el sindicato de Técnicos de Hacienda (@GESTHAsindicato) calculan que cerca de 4,8 millones de contribuyentes tendrían derecho a recibir la devolución, por lo que los procesos podrían tardar.
No hay que olvidar que esta opción se contempla dentro de la ley, pero al igual que ocurre con la declaración de la renta, si Hacienda no cumple con el plazo, los afectados pueden recibir intereses de demora. Según la tasa legal vigente, actualmente, seríanun 4,0625 % anual.
Los requisitos para pedir la devolución del IRPF
Estos son algunos de los requisitos que se deben cumplir para recibir la devolución del IRPF:
- Cotizaron antes de 1979 (en algunos casos, incluso hasta los años 80 o 90) a una mutualidad laboral obligatoria.
- Actualmente, están cobrando una pensión pública.
- Incluyeron esos ingresos en sus declaraciones de la renta entre 2019 y 2022.
- No han recibido aún devolución por esos ejercicios.
- Cuentan con una pensión con la se retenga el IRPF.

