El final de agosto cambia el ritmo de Barcelona y poco a poco el turismo se va disuadiendo muy ligeramente para dar paso al regreso de quienes han pasado parte del verano fuera. De su mano, vuelven las cenas, copas y encuentros con amigos, que se ven tradicionalmente multiplicados en septiembre con fiestas universitarias previas al inicio del curso y encuentros en la calle, así como con la Mercè como gran cita del calendario barcelonés. Y todo ello culmina, a menudo, con una cerveza en la playa entre amigos.
Pero atención, todo ello no exime de cumplir las normas, que este año están de estrerno. Barcelona ha estrenado este año una reforma de la ordenanza de convivencia que blinda precisamente las reglas sobre el consumo de alcohol en el espacio público. La nueva redacción del artículo 46 establece que no está permitido beber fuera de los lugares autorizados cuando ese consumo «perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana».
Cuidado cuando se es más de tres
Y en esta materia nada queda al aire, pues la norma reformada ya se encarga de concretar qué se entiende por esa perturbación. Esta puede darse cuando se altera el descanso de los vecinos, se bebe en zonas sometidas a medidas especiales contra el ruido nocturno o se causan molestias graves a otras personas.
Pero además, la nueva ordenanza incorpora un supuesto especialmente relevante para las reuniones de amigos: el consumo en grupos de tres o más personas se sitúa entre las nuevas circunstancias contempladas por la ordenanza, al igual que hacerlo en lugares donde exista un riesgo real de consumo masivo o de aglomeraciones, y esta es una de sus novedades.
Esto no significa que beber una cerveza individualmente en cualquier espacio público comporte automáticamente una multa. La ordenanza exceptúa expresamente las terrazas, veladores y otros espacios reservados para beber, además de los actos que dispongan de la correspondiente autorización.
Multas de hasta 600 euros
El detalle importante está también en el bolsillo. El artículo 47 considera las conductas anteriores una infracción leve sancionada con entre 100 y 600 euros. Si el consumo se produce en lugares caracterizados por la presencia de menores o de una manera que pueda incitarlos a beber, pasa a ser una infracción grave y la horquilla asciende a entre 750 y 1.500 euros.
La cuestión cobra especial interés cuando Barcelona se aproxima a la temporada de reencuentros y fiestas de septiembre que convierten cada año numerosos espacios de la ciudad en lugares forzosamente sociales. En el caso de los conciertos y eventos lúdicos y culturales, la propia ordenanza establece que los organizadores de actos culturales, lúdicos o festivos deben velar para que no se produzcan las conductas prohibidas relacionadas con el consumo de alcohol.
Así, una cerveza comprada y consumida dentro de un recinto o espacio expresamente autorizado no tiene el mismo tratamiento que que surja una reunión entre amigos para beber en la arena o en otro espacio público. Se trata de una diferencia que conviene tener presente ahora que Barcelona deja atrás agosto y recuperará progresivamente sus noches de encuentros, fiestas y celebraciones.

