El Tribunal Supremo (TS) ha aplazado su decisión sobre si los descendientes de los exiliados que han obtenido la nacionalidad española a través de la ‘ley de nietos’ podrán votar o no en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dado este martes un plazo «improrrogable» de 48 horas para que las partes presenten alegaciones antes de decidir si los aproximadamente 400.000 beneficiarios que se estima que hay de esta medida podrán ejercer un derecho que quedó suspendido cautelarmente tras los recursos de Vox y Iustitia Europa.
En dos providencias, el alto tribunal inicia una cuenta atrás que culminará a las 15 horas de este mismo jueves para que tanto los recurrentes como las personas afectadas puedan justificar sus posturas. Después, la Sala de lo Contencioso-Administrativo decidirá sobre el recurso de reposición de la Abogacía del Estado contra la suspensión cautelar de las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el Extranjero (CERA) acordada por el tribunal hace justo un mes.
El Supremo decidió suspender temporalmente el derecho al sufragio de los nacionalizados gracias a la ‘ley de nietos’ tras la vista judicial en la que Vox y Iustitia Europa pedían medidas cautelares ante los «efectos irreversibles que se podrían producir en el censo electoral». El alto tribunal condicionó entonces la inscripción en el CERA a que los nacionalizados demostrasen que eran hijos o nietos de exiliados por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación sexual y que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española. Para ello, encargó a la Junta Electoral Central (JEC) que exigiera esa documentación concreta a los encargados de los registros consulares.
La Abogacía respondió después en un escrito en el que denunció que «se está cercenando el derecho de sufragio» y advirtió de que era «materialmente imposible» revisar alrededor de 170.000 expedientes de nuevos electores nacionalizados por la instrucción del Gobierno relativa a la ley de nietos antes del cierre del censo el 1 de enero.
Pero las circunstancias han dado un vuelco con el adelanto electoral convocado este lunes por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, pues la ley dicta que el censo a tener en cuenta para los comicios es el que conste dos meses antes de la cita electoral, que para este 29-N sería el 1 de agosto. Una fecha anterior a que el Tribunal Supremo dictara las medidas cautelares que paralizó el voto obtenido vía ‘ley de nietos’.
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