El seguro que debes contratar para evitar sustos si alquilas tu casa en verano

El seguro que debes contratar para evitar sustos si alquilas tu casa en verano

Muchos ciudadanos suelen alquilar viviendas de su propiedad durante el verano. En la gran mayoría de los casos se trata de un piso en la playa o en la montaña donde suelen pasar algunos días a lo largo del año. En otros, el inmueble es su residencia habitual y desean sacarle partido en el periodo estival porque van a estar de vacaciones en otro destino. 

Estos alquileres no tienen nada que ver con los arrendamientos turísticos gestionados por empresas que hoy se han popularizado. Se trata acuerdos entre particulares por periodos cortos, normalmente de un mes. Es lo que se conoce como alquiler vacacional o de temporada. 

Aunque en la mayoría de arrendamientos no suelen existir problemas, se puede dar el caso en que los inquilinos se nieguen a abonar la cantidad acordada poniendo cualquier excusa. Para evitar estos desagradables contratiempos, los propietarios tienen la opción de contratar un seguro de impago del alquiler.

«El seguro de impago del alquiler protege al propietario ante posibles inquilinos morosos que no paguen su alquiler mensual, cubriendo el pago de las rentas que se deben hasta un máximo del número de mensualidades conforme se establezca en la póliza de seguros. Esta es la cobertura principal y el gran atractivo de este tipo de seguros», explica BBVA en su blog de educación financiera. 

Esta modalidad de póliza suele ser contratada por los propietarios para arrendamientos de una mayor duración -mínimo 12 meses-, pero en la actualidad hay compañías aseguradoras que se adaptan a estas nuevas necesidades y ofrecen cobertura permitiendo una contratación mínima de tres meses. 

Eso sí, el coste es mayor: puede contratarse a cambio del pago de lo que corresponda a una mensualidad o por una cantidad menor pero con franquicia, lo que supone que el asegurado debe asumir una cantidad previamente establecida. Es decir: si el impago ascendiese a 1.000 euros y la franquicia fuese de 200 euros recibiría solo 800 euros. 

Fuentes del sector asegurador precisan a 20minutos que estos seguros suelen incluir otras coberturas, como el arreglo de los desperfectos causado por actos vandálicos y gastos de defensa jurídica en los casos de inquiokupación -cuando una vez que ha terminado el contrato el inquilino decide continuar en la vivienda de forma ilegal-. Para evitar cualquier tipo de controversia es fundamental que los motivos de la temporalidad figuren claramente en el contrato, además de incluir la fecha exacta de inicio y finalización del mismo.

Beneficios para propietarios e inquilinos

Desde Grupo Mutua Propietarios, pioneros en el desarrollo de este tipo de pólizas en España, señalan que «la creciente demanda de alquileres de temporada, impulsada por factores como la movilidad laboral, el teletrabajo o los estudios en el extranjero, ha creado la necesidad de proporcionar un modelo de seguro de impago de alquiler especialmente adaptado a estas circunstancias cada vez más frecuentes». 

Y asegura que estas pólizas ofrece beneficios tanto para propietarios como para inquilinos: «Por un lado, para los propietarios, se proporciona una mayor seguridad en lo que respecta al cobro de sus rentas. Además, podrán contar con la garantía de una protección contra daños en la propiedad, así como de asesoramiento legal y defensa jurídica en caso de que fuese necesario».

«Por otro lado, para los inquilinos supone una gran ventaja en las facilidades de acceso a alquileres de temporada, ya que antes, algunos arrendadores preferían no optar por esta opción. Esta clase de Seguro de impago puede ayudar a reducir los requisitos de garantías adicionales y mejorar así las opciones de alquiler y la relación con el propietario», concluyen.

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