¿Por qué preocupan los vertimientos industriales al río Bogotá?
Durante la inspección técnica, el equipo de la Unidad Integrada de Gobernabilidad Ambiental (UIGA) evidenció la descarga de aguas residuales no domésticas provenientes del procesamiento de cueros.
Los análisis preliminares permitieron establecer que estas descargas superaban los parámetros permitidos por la normatividad ambiental vigente.
Si bien la curtiembre involucrada cuenta con un permiso de vertimientos otorgado por la CAR, la autoridad determinó que el punto donde se realizaba la descarga no correspondía al autorizado.
De acuerdo con la inspección, el vertimiento irregular se encontraba a una distancia aproximada de 40 metros del sitio aprobado oficialmente, lo que constituye un incumplimiento directo de las condiciones establecidas.
El subdirector de Autoridad Ambiental de la CAR, Bryan Martínez, explicó que esta diferencia fue clave para confirmar la irregularidad y tomar medidas inmediatas frente al caso.
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Manejo inadecuado de residuos agravó la afectación ambiental
Además del vertimiento no autorizado, los técnicos identificaron otras prácticas que incrementan el riesgo ambiental en la zona.
Entre los hallazgos se encontró una gestión deficiente de residuos peligrosos y la disposición inadecuada de envases de sustancias químicas utilizadas en el tratamiento de las pieles.
Este tipo de manejo incorrecto representa una amenaza directa para el suelo y los ecosistemas cercanos, ya que estos residuos pueden filtrarse y generar afectaciones a largo plazo. La presencia de estos elementos evidenció falencias en los protocolos ambientales de la actividad industrial inspeccionada.
Planta de tratamiento no estaba siendo utilizada: ¿por qué?
Uno de los puntos más sensibles del procedimiento fue la verificación de la planta de tratamiento con la que cuenta la curtiembre.
Aunque esta infraestructura existe, las pruebas técnicas y de laboratorio realizadas por la CAR permitieron confirmar que las descargas identificadas no estaban pasando por dicho sistema.
Esto significa que las aguas residuales estaban siendo liberadas directamente al entorno, afectando tanto el suelo receptor como el recurso hídrico, en este caso el río Bogotá. La evidencia recopilada será determinante dentro de los procesos administrativos y sancionatorios que se adelanten.
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